La justicia ecuatoriana contará con un plazo de 48 horas para demostrar los delitos en flagrancia.
En el artículo 529 del Código Orgánico Integral Penal se estipulaba que, en un plazo de 24 horas, el sistema judicial debía recuperar las evidencias y testimonios suficientes para demostrar la supuesta flagrancia que realice en zonas de difícil acceso, es decir en zonas de altamar o frontera. Desde la reforma, los juzgadores tendrán un plazo de 48 horas para tramitar el delito.
Se habló con la penalista María del Mar Gallegos para conocer más acerca de esta reforma.
Conversamos con la penalista María del Mar Gallegos sobre la nueva reforma del COIP. (1/2)⬇️ pic.twitter.com/mnWcKWdfXf
— Udla Channel (@UdlaChannelEc) April 28, 2023